Lo que debes saber sobre la Ley de Propiedad Horizontal

Resulta impensable siquiera imaginarse el sector inmobiliario en España sin traer a colación la Ley de Propiedad Horizontal. Esta surgió el 21 de julio de 1960, cuando el desarrollo urbanístico y las relaciones contractuales de bienes raíces llegaron a un nivel en el cual era imposible no tener un mecanismo regulatorio. Esta ley se encarga de regir la convivencia y negociaciones en las propiedades de pisos, locales comerciales, comunidades de vecinos y las áreas comunes que las conformen. La apreciación de su efectividad es relativa y sus mecanismos de acción son múltiples. En el presente artículo te mencionamos algunas de sus disposiciones:

Vigencia de la LPH

Como se mencionó al principio, la Ley de Propiedad Horizontal fue promulgada en 1960 y hasta la fecha ha sufrido modificaciones en nueve oportunidades. Entre ellas, la más importante fue la de 1999, que logró importantísimos cambios en materia de equidad en las comunidades de vecinos al otorgar los derechos de acuerdo al cumplimiento de deberes. Desde entonces, todo empezó a regirse por el Consejo de Colegios Administradores de Fincas.

La última modificación de la legislación se realizó en el año 2013, sin embargo, hay quienes la consideran muy desactualizada y que requiere de una reforma total, ya que sus estatutos son de gran importancia y rigen a más de 80% de la población.

Contenido de la Ley de Propiedad de Horizontal

En líneas generales, se focaliza en establecer cuáles son los organismos gubernamentales encargados de controlar cada sector de acuerdo a su zona y al tipo de comunidad que exista. Básicamente, su función es regular la convivencia y el buen funcionamiento de las comunidades de vecinos y las negociaciones que se produzcan en estas. Para este fin, posiciona figuras como la del administrador de fincas, quien tiene un papel esencial en el cumplimiento de la LPH.

Funciones del Administrador de Fincas

Entre las disposiciones que establece el artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal, en referencia a la actuación de esta figura, se encuentran:

-Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares.

-Preparar con la debida antelación y someter a la junta el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos.

-Atender a la conservación de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al presidente o, en su caso, a los propietarios.

-Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes.

 

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